La Subsecretaría no respondió a la solicitud de información en los plazos estipulados por la Ley de Transparencia y no colaboró con el CPLT durante el proceso alegando la reserva por haber sido entregadas en el marco de una investigación penal.

Tras una decisión emanada desde el Consejo para la Transparencia (CPLT) en enero que estableció la calidad de públicos de una serie de informes generados por Carabineros de Chile en noviembre de 2018 y remitidos a la Subsecretaría del Interior vinculados a la muerte de Camilo Catrillanca, la entidad ministerial deberá entregar dicha documentación a la persona que la solicitó vía Ley de Transparencia.

Ello tras acogerse el amparo presentado en contra de la Subsecretaría (caso rol C1609-19), pronunciamiento del CPLT que consideró que los antecedentes obran en poder de un órgano del Estado y desestimó que se trate de información que forma parte de una investigación penal. En este sentido, el Consejo consideró que el envío de los informes por parte de la policía uniformada a la Subsecretaría se realizó por el grado de jerarquía o dependencia de esta institución con respecto a esta instancia del Ejecutivo y no en su calidad de auxiliar del Ministerio Público en el marco de una investigación penal.

Asimismo, el Consejo expuso que el acceso a los informes solicitados -entre el 14 y el 20 de noviembre- están disponibles vía sitio web de la Cámara de Diputados, en específico en el apartado de la Comisión Especial Investigadora de las actuaciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, instancia de investigación de los hechos que concluyeron en la muerte del comunero mapuche.

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Los informes en cuestión dan cuenta de los hechos ocurridos en el mes de noviembre de 2018, relacionados a los operativos policiales efectuados por Carabineros y a las medidas adoptadas por el General Director de la institución, constituyendo su contenido un hecho público y notorio.

El CPLT representó en su decisión que la Subsecretaría del Interior no dio dado respuesta a la solicitud de información dentro de los plazos legales establecidos en la Ley de Transparencia y además denegó el acceso a los antecedentes requeridos aludiendo a que la documentación formaba parte de un proceso judicial.

Asimismo, en la decisión del Consejo se consignó la negativa del órgano -encabezado en esa época por Rodrigo Ubilla- a colaborar con la labor del CPLT, al no responder a la solicitud de entrega de dichos informes al Consejo Directivo de la entidad con el fin de ponderar el interés por acceder a la información y la necesidad de mantener su reserva, pese a ser documentos conocidos por el Senado y la Cámara de Diputados, en el contexto de la Comisión Especial Investigadora. La Subsecretaría está dentro de los plazos legales para recurrir a esta decisión presentando un reclamo de ilegalidad ante tribunales.

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